La víctima decidió denunciar los hechos más antiguos cuando ocurrió el último y fue la gota que rebasó el vaso. El sujeto condenado, de 32 años y oriundo de Urdinarrain, recibió una pena condicional y se lo obligó a realizar un tratamiento psicológico.
Redacción EL ARGENTINO
El pasado 13 de noviembre, en los Tribunales de Gualeguaychú, se condenó a un hombre por una serie de hechos de violencia ejercidos contra su pareja, una mujer de 30 años. La sentencia recayó por los delitos de amenazas reiteradas y lesiones dolosas doblemente agravadas por el vínculo de pareja y la violencia de género, cometidos en diferentes episodios entre 2023 y 2024.
Uno de los hechos juzgados ocurrió el 15 de agosto de 2023, alrededor de la medianoche, en la intersección de Jorge Del Valle y Derqui, en la ciudad de Urdinarrain. Según quedó acreditado, el imputado inició una discusión reclamándole a la mujer “que si salía con una amiga o con otro hombre tenía que avisarle”. Acto seguido, la agredió físicamente: la empujó contra una pared, la tomó del cuello con ambas manos y la levantó, pese a los pedidos de la víctima para que la soltara.
Si bien la mujer no denunció este episodio en ese momento, lo incorporó meses después cuando, el 10 de febrero de 2024, se presentó en la Comisaría de Urdinarrain para denunciar un nuevo hecho de violencia. En esa oportunidad aportó fotografías de las lesiones, el testimonio de su hermana y el informe del médico forense, lo que permitió imputar también el ataque ocurrido en agosto.
El nuevo hecho que motivó la denuncia de febrero ocurrió ese mismo día, alrededor de las 20.30, cuando el hombre ingresó al domicilio donde se encontraba la víctima. La increpó diciéndole “que se hacía la superada, que sacara todas sus cosas y se fuera de la casa”. Luego volvió a tomarla del cuello y le provocó lesiones que fueron constatadas por la médica del Hospital de Urdinarrain.
Finalmente, se le impusieron tres años de prisión de cumplimiento condicional, junto con un estricto régimen de reglas de conducta por el mismo periodo de tiempo, que incluyen la prohibición de mantener contacto con la víctima, de acercarse a ella, de ejercer actos molestos o perturbadores al niño de 6 años hijo de ambos, y la obligación de iniciar y sostener un tratamiento psicológico.