Los trabajadores del sector perciben un incremento mensual, una suma fija de $40.000 y la segunda cuota del aguinaldo, cuyo pago debe realizarse antes del 24 de diciembre. Las cifras por categoría y cómo se calcula el SAC.
Redacción EL ARGENTINO
Los empleados de comercio de todo el país reciben en diciembre la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), que se suma a la liquidación del mes aunque con fechas diferenciadas. Este cierre de año llega además con un incremento salarial del 1% y una suma fija de $40.000, de acuerdo con la grilla vigente de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).
Cada medio aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador entre julio y diciembre, por lo que el monto varía según la categoría y el salario más alto del semestre.
A partir del aumento y de la suma fija, los trabajadores perciben los siguientes montos según la escala 2025:
Personal de maestranza
Maestranza A: $1.095.795
Maestranza B: $1.098.852
Maestranza C: $1.109.560
Administrativos
Administrativo A: $1.107.268
Administrativo B: $1.111.860
Administrativo C: $1.116.448
Administrativo D: $1.130.218
Administrativo E: $1.141.690
Administrativo F: $1.158.519
Cajeros
Cajero A: $1.111.091
Cajero B: $1.116.448
Cajero C: $1.123.333
Auxiliares
Auxiliar A: $1.111.091
Auxiliar B: $1.118.740
Auxiliar C: $1.143.985
Auxiliares especializados
Auxiliar Especializado A: $1.120.274
Auxiliar Especializado B: $1.134.041
Vendedores
Vendedor A: $1.111.091
Vendedor B: $1.134.044
Vendedor C: $1.141.690
Vendedor D: $1.158.519
Estos valores incluyen el 1% de aumento y la suma fija, pero no contemplan el aguinaldo, que se liquida aparte.
Aguinaldo: fecha límite de pago y cálculo proporcional
La ley indica que la segunda cuota del aguinaldo debe pagarse hasta el 18 de diciembre. Sin embargo, existe un margen de cuatro días hábiles adicionales, por lo que el límite legal se extiende hasta el 24 de diciembre.
El SAC corresponde a empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Quedan excluidos quienes no están registrados, los monotributistas y quienes trabajan de manera informal sin aportes.
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?
Si un trabajador no completa el semestre, se liquida de forma proporcional. Para eso se aplica la fórmula:
(Sueldo más alto del semestre / 12) × meses trabajados
Ejemplo: (100.000 / 12) × 6 = $50.000. (La Nación)