Fabián Cano fue condenado en Gualeguaychú por “defraudación por explotación de incapaces en grado de tentativa en concurso real con defraudación por explotación de incapaces”, en perjuicio de una mujer de 79 años. Casación no hizo lugar al recurso que presentó la defensa.
Redacción EL ARGENTINO
El imputado por defraudación fue Fabián Cano, un hombre de 48 años, oriundo de Gualeguaychú, que cumplió funciones en la Policía de Concepción del Uruguay, en tanto, la víctima fue una mujer de 79 años que fue estafada en su confianza tras la muerte de su esposo y su cuñada, con quienes convivía en un campo en Colonia Caseros, en el departamento Uruguay.
Tal como informó EL ARGENTINO hace un año atrás, el juicio contra este hombre se desarrolló en Gualeguaychú entre agosto y septiembre, acusado de estafar en su testamento y quedarse con las propiedades de la anciana que tenía sus funciones cognitivas deterioradas, y enviudó en pandemia.
En la denuncia que hizo la mujer, el primer acercamiento que tuvo ella y su marido con el ex funcionario policial que cumplía su trabajo en Concepción del Uruguay ocurrió en 2018, por ser vecino del campo donde ella vivía junto a su marido y su cuñada. Este hombre se ganó la confianza del matrimonio y los ayudaba en distintas actividades, pero comenzada la pandemia en 2020 la anciana quedó sola por la muerte de su marido y su cuñada en un muy corto periodo de tiempo. Y esto -según se consideró en el juicio - fue aprovechado por Cano.
La víctima no tiene hijos y siempre vivió en el campo. Casi no tuvo instrucción escolar, por lo que sus habilidades de lectoescritura siempre fueron reducidas. El condenado, que trabajaba en la Policía en ese momento, se les acercaba a conversar y así se fue generando la confianza de sus vecinos. Durante la pandemia quedaron aislados porque la familia no tenía permiso para ir hasta el campo en Colonia Caseros a visitarla y fue en ese contexto que su esposo y su cuñada murieron. Ella quedó muy sola: “Se me estroló la cabeza”, dijo en su denuncia.
Para el fiscal Jorge Gutiérrez, el hombre se ofrecía a ayudarla y parecía que lo hacía de buena fe, pero la fue aislando cada vez más y despojando de sus cosas. Incluso, y según señaló la mujer en su denuncia, le vendió vacas, le decía que le iba a dar la plata, pero al parecer nada de eso sucedió.
“Él iba a ayudarme a hacer trabajos en el campo, teníamos una buena relación tanto conmigo como con mi marido. Yo le había dicho que le iba a dar una pequeña propiedad para él, para pagarle y devolver la ayuda que me daba, a modo de voluntad”, manifestó la mujer en su denuncia, aclarando que ese pago por sus trabajos y ayuda se trataba de “un pedacito de terreno” y “no todo el campo”.
Fue en ese contexto, y una vez que quedó sola, que el denunciado la trajo a Gualeguaychú para modificar el testamento ante una escribana de su confianza. El fiscal Jorge Gutiérrez expresó en su acusación que la damnificada fue traída a Gualeguaychú “a firmar papeles con personas que ella no conocía como testigos y profesionales que no había contratado, que nadie se adaptó a sus necesidades intelectuales o auditivas”.
En esa primera visita a Gualeguaychú estuvieron en una escribanía en pleno centro de la ciudad y, según refiere la denuncia: “Me leyeron algo, pero yo escuchaba poco porque soy media sorda, no recuerdo qué es lo que me leyeron, estábamos presente él, yo, la chica (escribana) y dos testigos: un hombre y una mujer que yo no conocía. Ellos ya estaban esperando cuando nosotros llegamos, firmé dos papeles que yo pensaba que estaba firmando para darle esa pequeña propiedad”.
En su segunda visita, del 10 de febrero de 2021, el acusado la trajo a “firmar otros papeles” y la escribana “leyó algo, pero como yo no escucho ni veo bien, no sé bien qué era, me dijo que era el título de la pequeña propiedad que yo le estaba dando, firmé un solo papel”. “Quiero dejar asentado que esa no fue mi voluntad, yo solo quería darle una pequeña propiedad, no sabía qué era lo que estaba firmando en realidad”, afirmó la mujer en su denuncia.
El juicio y la condena
Durante el debate en Gualeguaychú, que comenzó el 19 de agosto de 2024, se escucharon los testimonios de varios profesionales, como ser un médico neurólogo, la perito psicóloga de la jurisdicción, una médica forense de Concepción del Uruguay, además de una sobrina de la mujer y una hermana.
En pocas palabras, lo que manifestaron estos testigos fue que la mujer era una persona vulnerable, angustiada, con fallas en la memoria, con una capacidad de atención limitada y un rendimiento cognitivo bajo, que sufrió un gran impacto emocional a raíz del aislamiento obligatorio en pandemia, además de las pérdidas de su esposo y su cuñada, que desencadenaron un proceso emocional depresivo severo. Una persona con problemas cognitivos por la edad y otros aparejados por el nivel educativo y social que tiene.
El 4 de septiembre se conoció el adelanto de veredicto del juez Arturo Dumón. Lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional por “defraudación por explotación de incapaces en grado de tentativa en concurso real con defraudación por explotación de incapaces”. Además, dispuso que el testamento otorgado por la damnificada el 18 de diciembre del 2020, firmado ante una escribana de Gualeguaychú, fuera declarado inválido, al igual que la cesión de derechos hereditarios gratuita del 10 de febrero de 2021.
La defensa de Cano recurrió esta sentencia a Casación porque se consideró que hubo una afectación al principio de legalidad y congruencia, falta de claridad en la imputación, críticas a la valoración de la prueba y valoraciones subjetivas del Juez; y solicitó la absolución de Cano. Finalmente, esta solicitud no tuvo correspondencia entre los camaristas de Concordia y se decidió no hacer lugar al recurso casatorio y en consecuencia se confirmó el fallo de primera instancia.