Estudiantes, familiares y docentes de escuelas técnicas presentaron una acción de amparo ante la Justicia con el objetivo de frenar la aplicación de un artículo del Presupuesto 2026 que elimina el financiamiento destinado a la educación técnico profesional.
Redacción EL ARGENTINO
La presentación cuestiona el artículo que derogó el fondo nacional que sostenía a las escuelas técnicas. Las familias solicitan que el financiamiento sea restablecido al considerar que la modificación incluida en el Presupuesto impulsado por el gobierno de Javier Milei es inconstitucional.
El Artículo N°30 del presupuesto, ya aprobado por ambas cámaras, introdujo tres modificaciones vinculadas al financiamiento educativo: eliminó la meta de inversión del 6 por ciento del PBI establecida por la Ley de Educación Nacional (LEN); derogó los artículos de la Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que fijaban parámetros de financiamiento para el sector; y derogó el Artículo N°52 de la Ley de Educación Técnico Profesional (ETP), que establecía que el fondo destinado a esta modalidad debía garantizar un mínimo del 0,2 por ciento del presupuesto del Sector Público Nacional para complementar los recursos asignados por la Secretaría de Educación a otros programas de inversión en escuelas.
Desde el colectivo que presentó el amparo señalaron que el impacto sobre la formación técnica se inscribe en un contexto más amplio de reducción presupuestaria. “El recorte alcanza al 93 por ciento en el presupuesto 2026 respecto a valores equivalentes de 2023. Se disponen sólo 11 mil millones de pesos y no 322 mil millones, como establece el 0,2 por ciento que propone la ley de ETP”, indicaron. Además, agregaron que “está claro que a Javier Milei y su Gabinete no les interesa tener un país con producción nacional y por esto mismo tampoco tienen interés en tener un país con Técnicos profesionales”.
La acción judicial fue presentada formalmente por dos estudiantes de escuelas técnicas, acompañados por sus padres, en representación de un colectivo integrado por familiares, estudiantes y docentes de distintas instituciones, según indicaron a Página/12 integrantes del grupo.
Los amparistas plantean cinco argumentos de inconstitucionalidad. En primer lugar, sostienen que “una ley anual de presupuesto no puede derogar leyes permanentes que reconocen y garantizan derechos fundamentales”, como la Ley de Educación Técnico Profesional. En ese sentido, afirman que “usar una ley de presupuesto para derogar normas sustantivas constituye un desvío del Poder Legislativo y una violación al principio republicano”.
En segundo término, argumentan que el artículo vulnera el derecho constitucional a la educación, que “para ser real exige financiamiento suficiente, continuo y previsible”. Al respecto, señalan que “eliminar los pisos legales de inversión implica vaciar el derecho de contenido, transformándolo en una promesa formal sin sustento material”.
Como tercer punto, advierten que el nuevo presupuesto “viola el principio de progresividad y la prohibición de regresividad”, ya que “deroga normas que garantizaban mínimos de inversión, eliminando protecciones ya consolidadas”.
En cuarto lugar, califican la medida como “discriminatoria”, al señalar que “el impacto del Artículo N°30 no es igual para todos, quienes tienen recursos podrán pagar educación privada y, quienes no, quedarán afuera”.
Finalmente, sostienen que la decisión “compromete derechos en desarrollo y torna ilusoria la tutela judicial”, debido a que “la educación no es un derecho estático, sino un derecho en desarrollo y las trayectorias educativas no se pueden ‘pausar’ y retomar sin daño”, según publicó Página/12.
El amparo quedó radicado en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°11 de la Ciudad de Buenos Aires y solicita la restitución de todo lo derogado por el Artículo N°30, tanto en lo referido a la educación técnica como al sistema educativo en general. El juzgado deberá definir si levanta la feria judicial para tratar el planteo y luego resolver sobre la medida cautelar solicitada. (APF)