El Ejecutivo entrerriano vetó la ley que imponía una doble matriculación a los asesores de seguros, al considerar que contradice el régimen nacional vigente.
Redacción EL ARGENTINO
El Gobierno de Entre Ríos publicó este martes en el Boletín Oficial el decreto que formaliza el veto total a la ley provincial que creaba el Colegio Público de Productores Asesores de Seguros. La medida había sido adoptada el 3 de julio por la vicegobernadora Alicia Aluani, a cargo del Poder Ejecutivo, y se basó en un dictamen de la Secretaría Legal y Técnica que advirtió sobre una superposición normativa con la Ley Nacional N° 22.400.
El argumento central del rechazo fue que la ley sancionada por la Legislatura provincial imponía un régimen paralelo al ya vigente en todo el país. La normativa nacional regula la actividad de los productores asesores de seguros a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), y contempla la fiscalización, matriculación y control disciplinario de los profesionales.
Según el dictamen N° 81/2025 de Legal y Técnica, la obligatoriedad de matriculación en un nuevo Colegio provincial generaría desigualdades entre profesionales de distintas jurisdicciones, lo que vulneraría el principio de igualdad ante la ley consagrado en la Constitución. En particular, se cuestionó el artículo 5° del proyecto vetado, que exigía una nueva matriculación para operar en Entre Ríos, aun estando inscripto en la SSN.
Además del impacto sobre los productores, el Ejecutivo provincial advirtió que la ley sancionada podía afectar negativamente a los consumidores y al mercado asegurador. La duplicación de requisitos y costos administrativos podría trasladarse a las pólizas, encareciendo los servicios sin beneficios claros para los usuarios.
El análisis oficial también señaló falencias en el tratamiento parlamentario del proyecto. Aunque el texto fue presentado originalmente en 2021, no se habrían incorporado estudios de impacto, ni se habrían considerado las opiniones de asociaciones de consumidores ni del propio sector asegurador. La Secretaría cuestionó la falta de sustento empírico para la creación de una nueva entidad colegiada con facultades delegadas del Estado.
En otro punto, se advirtió que la promulgación de la norma implicaría la coexistencia de dos regímenes regulatorios —uno nacional y otro provincial—, rompiendo la unidad del sistema y generando posibles conflictos de competencia. Entre Ríos se habría sumado a Chaco como una de las pocas provincias con este tipo de estructura institucional.
Finalmente, el veto subrayó que los colegios profesionales, al ser personas jurídicas de derecho público no estatal, ejercen funciones administrativas delegadas, y no forman parte del presupuesto del Estado. La creación de uno nuevo requería, según el dictamen, mayor profundidad técnica, jurídica y política.
Con esta decisión, el Gobierno provincial cerró el camino a una iniciativa que buscaba institucionalizar la representación de los productores de seguros en Entre Ríos, pero que fue considerada incompatible con el régimen legal vigente y con la armonización del mercado nacional.