La Cámara Federal de Paraná ratificó que la inflación no puede considerarse imprevisible y confirmó el fallo que desestimó la demanda de una deudora contra el Banco Nación.
Redacción EL ARGENTINO
La Cámara Federal de Paraná, integrada por Beatriz Aranguren y Mateo Busaniche, rechazó la apelación presentada por una mujer que había demandado al Banco de la Nación Argentina (BNA) por un crédito hipotecario otorgado bajo el sistema UVA. El tribunal confirmó que la inflación “no puede ser considerada imprevisible” porque “es un flagelo crónico” en la economía argentina.
La demandante, identificada como V.L.M., había solicitado la nulidad del contrato firmado en diciembre de 2018, argumentando que la actualización de las cuotas según la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) había vuelto el préstamo “excesivamente oneroso” por el desfasaje entre la inflación y el aumento de sus ingresos. También pidió recalcular la deuda bajo el sistema francés y aplicar una tasa similar a la del plan Procrear.
Sin embargo, los jueces evaluaron que la actora no presentó pruebas suficientes sobre sus ingresos reales y que los porcentajes de las cuotas respecto de sus ingresos, según el informe pericial, oscilaron entre el 0,49% y el 4,43% entre 2019 y 2024. En ese sentido, concluyeron que “no se acreditó una excesiva onerosidad sobreviniente”.
El fallo recordó que la inflación —que alcanzó tasas del 47,7% en 2018 y superó el 200% en 2023— “no puede ser calificada como un hecho extraordinario ni imprevisible, dado que desde hace más de una década no desciende de dos dígitos”.
Además, el tribunal señaló que la deudora tenía la posibilidad de solicitar una extensión del plazo de pago o una reducción de cuota —opciones previstas en el contrato y comunicadas por el banco en abril de 2024—, pero no hizo uso de ellas.
El Banco Nación había sostenido que la clienta “conocía plenamente el sistema contratado y sus riesgos”, y que fue debidamente informada sobre el impacto del índice CER en la actualización del crédito.
Con este pronunciamiento, la Cámara Federal de Paraná reafirmó la validez del esquema UVA y descartó la imprevisibilidad de la inflación como argumento legal para revisar los contratos hipotecarios.