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Incendios en las islas del Delta: Condenados podrán cuestionar la sentencia en Casación

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná concedió el recurso de casación a los tres apicultores que fueron condenados el 4 de agosto por generar un incendio de grandes proporciones en zona del arroyo El Tigre, Islas Lechiguanas, durante agosto de 2022.

Lunes, 1 de Septiembre de 2025, 19:01

Redacción EL ARGENTINO

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná, resolvió este lunes “conceder el recurso de casación interpuesto por el Defensor Público Oficial, Mauricio Zambiazzo, contra la sentencia N°20/25 del 4 de agosto de 2025” y emplazó al “recurrente a mantenerlo ante la Alzada dentro del término de ocho días a contar desde que las actuaciones tuvieren entrada en ésta”. Finalmente tuvo presentes la reserva del caso federal efectuada por el recurrente.

 

Berros resolvió sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia que el 4 de agosto de este año condenó a Oscar Magallanes y Jesús Magallanes a la pena de tres años y seis meses de prisión; y a Miguel Morales, a la pena de tres años y dos meses de prisión como coautores penalmente responsables del delito de Incendio u otro estrago.

 

Berros fundamentó su resolución en las normas internaciones que consagran, entre otros derechos, en de “toda persona inculpada” y a título de “garantías mínimas”, el “derecho de recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”. También citó jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia que consagró la “garantía de la doble instancia que debe observarse dentro del marco del proceso penal como ‘garantía mínima’ para ‘toda persona inculpada de delito’…”.

 

 

La magistrada sostuvo que aquella jurisprudencia señala “con claridad indiscutible –como tantas veces lo ha dicho este Tribunal-, la nueva amplitud con que debe concebirse el recurso de casación para el inculpado en tanto instrumento de impugnación que habilite la revisión integral de una sentencia condenatoria para hacer realidad el derecho al ‘doble conforme’”.

 

Así, expresó que “lo hasta aquí expresado es fundamento bastante para sostener la admisibilidad del embate casatorio articulado por la defensa técnica de los condenado Oscar y Jesús Magallanes y Miguel Morales contra la sentencia condenatoria que los agravia, único modo a su alcance para hacer efectiva aquella garantía convencional y constitucional de la doble instancia o del doble conforme”.

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