Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

ATER aprobó los nuevos valores del aforo vehicular para el Impuesto Automotor 2025

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) emitió una nueva resolución para incorporar al padrón fiscal a los vehículos más recientes y asegurar el cálculo correcto del impuesto anual. Esta información fue publicada en el Boletín Oficial

Lunes, 26 de Mayo de 2025, 19:59

Redacción EL ARGENTINO

ATER publicó una resolución que impacta directamente en el cálculo del Impuesto a los Automotores para el año fiscal 2025. Se trata de una ampliación de la ya existente Resolución N° 044/2025 ATER, que busca actualizar los valores de aforo de los vehículos, incorporando especialmente a las unidades más nuevas que se sumaron al parque automotor entrerriano.

 

La resolución explica que la necesidad de esta actualización surge debido a que "se ha[n] incorporado al parque automotor de la Provincia nuevas unidades que carecen de Valor de Aforo". Por lo tanto, ha resultado "necesario ampliar el alcance de la norma citada en el Visto, estableciendo un valor uniforme respecto de los vehículos de igual marca, tipo y modelo".

 

La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.101.

Los valores de aforo, que representan el valor fiscal de cada vehículo, se adecuan a los precios de mercado vigentes. La resolución detalla que estos valores se establecen "teniendo en cuenta la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios". Una vez determinados estos valores, se les aplicarán las alícuotas (porcentajes de cálculo) dispuestas en la Ley Impositiva N° 9622 para definir el monto final del Impuesto a los Automotores.

Temas:

Boletín oficial ATER Entre Ríos
Seguí las noticias de Diarioelargentino.com en Google News Seguinos en Google News

Comentarios

Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación...
Avatar
ver más
El comentario se encuentra deshabilitado

Denunciar comentario

Spam o contenido comercial no deseado Incitación al odio o a la violencia, o violencia gráfica Acoso o bullying Información errónea
Cancelar Denunciar
Reportar Responder
Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación...
respuestas
Ver más respuestas
Ver más comentarios
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son exclusiva responsabilidad de sus autores Diarioelargentino.com se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios injuriantes o discriminadores.

Teclas de acceso