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Siniestro fatal: rechazaron el pedido de Ruíz Orrico de excluir al abogado querellante

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó el planteo de la defensa en su afán por apartar a la querella de la causa. Ahora el caso se encamina al juicio oral. El siniestro ocurrió hace más de un año en la Ruta provincial 39.

Martes, 4 de Noviembre de 2025, 8:31

Redacción EL ARGENTINO

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) declaró inadmisible el recurso de impugnación extraordinaria interpuesto por la defensa de Juan Enrique Ruiz Orrico, imputado por causar cuatro muertes en un siniestro vial ocurrido el año pasado en la ruta 39 en el Departamento Uruguay. La decisión, emitida este lunes, pone fin—por ahora—al persistente intento de la defensa de deslegitimar y excluir a la parte querellante del proceso judicial.

 

El eje central de la disputa legal, impulsada por Leopoldo Lambruschini y Félix Pérez, ha sido la supuesta invalidez de la acusación privada y la nulidad de la intervención de la querella. La defensa buscó insistentemente que se tuviera a la querella por desistida, aplicando una serie de artículos del Código Procesal Penal (CPP). Sucede que Mario Arcusin, querellante en la causa, se convirtió una piedra en el camino para frenar cualquier tipo de salida alternativa o pena que sea de cumplimiento condicional.

 

Los defensores alegaron que el requerimiento acusatorio privado carecía de autosuficiencia, no cumplía con los requisitos de precisión y congruencia exigidos por el CPP, e incluso introducía modificaciones sustanciales al hecho atribuido originalmente a Ruiz Orrico. Sostuvieron que esta situación generaba una afectación al principio de congruencia y una indefensión material, obligando al imputado a enfrentar una acusación distinta a la inicial.

 

Los planteos de la defensa habían sido previamente rechazados tanto por la Vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, Melisa María Ríos, como por la Sala II de la Cámara de Casación Penal, que determinó que la querella demostró inequívocamente su voluntad acusatoria.

 

Precisó que la querella compareció expresamente para solicitar la remisión de la causa a juicio, adhirió a toda la prueba propuesta por la Fiscalía y se remitió a la acusación del Ministerio Público, a pesar de intentar, incluso, una calificación más gravosa.

 

Los vocales judiciales consideraron que sostener la exclusión de la querella por los motivos propuestos por la defensa implicaría una interpretación “exegética y sacramental”, apartada de la interpretación amplia que imponen las normas, tratados internacionales y la Constitución Nacional.

 

Además, se aseveró que la exclusión del querellante implicaría una lesión a derechos que tiene garantizados, citando la obligación del Estado de proveer protección judicial según el art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

La justicia concluyó que el imputado conocía de antemano las pretensiones acusatorias y ha podido ejercer su derecho de defensa en todo momento. Por lo tanto, el embate defensivo contra la validez de la acusación privada fue calificado como una simple disconformidad o una “hábil reedición de planteos anteriores”.

 

El choque fatal

 

Ruiz Orrico está imputado en un gravísimo hecho: un choque que protagonizó el 20 de junio de 2024 y en el que murieron cuatro jóvenes trabajadores, ocurrido en la ruta 39, en jurisdicción del departamento Uruguay. La causa, caratulada «Ruiz Orrico Juan Enrique s/ Homicidio culposo agravado”, fue elevada a juicio el 25 de marzo de 2025 con la firma del juez de Garantías de Uruguay Gustavo Díaz.

 

En aquel choque fatal que protagonizó Ruiz Orrico -un día feriado conducía de madrugada un vehículo oficial que embistió de frente al Chevrolet Corsa en el que cuatro jóvenes de Basavilbaso se dirigían a trabajar al Frigorífico Fadel, de Pronunciamiento, Leonardo Almada, Axel Rossi, y los hermanos Lucas y Brian Izaguirre- se comprobó después tenía 1,59 gramos de alcohol en sangre, y por eso la calificación legal del fiscal Eduardo Santo: homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas. Aunque el pedido de condena es de cinco años y medio. Ahora

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